El Gobierno Vasco ha publicado la Orden de 16 de diciembre de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

LAS CLAVES

  • Plazo de presentación de solicitudes: 04 de febrero de 2.016.
  • Vía de presentación de solicitudes: canal telemático (euskadi.eus)
  • Únicamente son subvencionables actuaciones a nivel de proyecto (actuaciones que no se hayan iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención).
  • En el conjunto documental a presentar debe aportarse la Licencia Municipal de Actividad (en caso aplicable).
  • En el marco de la revisión del expediente de solicitud el órgano de la administración verificará (sin necesidad de consentimiento por parte de la empresa) la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

CONTÁCTENOS PARA CONOCER LAS OPCIONES DE SUBVENCIÓN DE SU EMPRESA
Marta Peña
martap@inguru.com
945 282 166


El Gobierno Vasco ha publicado la Orden de 16 de diciembre de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones previstas en el Decreto 202/2015, de 27 de octubre, por el que se regulan las subvenciones a empresas para la realización de inversiones destinadas a la protección del medio ambiente.

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  • Plazo de presentación de solicitudes: 04 de febrero de 2.016.
  • Vía de presentación de solicitudes: canal telemático (euskadi.eus)
  • Únicamente son subvencionables actuaciones a nivel de proyecto (actuaciones que no se hayan iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud de subvención).
  • En el conjunto documental a presentar debe aportarse la Licencia Municipal de Actividad (en caso aplicable).
  • En el marco de la revisión del expediente de solicitud el órgano de la administración verificará (sin necesidad de consentimiento por parte de la empresa) la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

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